Alianzas Estratégicas: La figura del Joint Venture, su perspectiva jurídica y contable-financiera según la NIC 31: Participación en Negocios Conjuntos
Setiembre 2012
El actual mundo de los negocios resulta cada vez más competitivo y complejo, lo cual obliga a los empresarios que desean crecer en el mercado e incursionar en nuevos mercados a buscar nuevas alternativas que le permitan llevar a cabo estas iniciativas, pero que a su vez no constituyan un alto riesgo para sus negocios.
Ante esta situación surgen las alianzas estratégicas, y entre ellas el contrato de Joint Venture, que consiste en el acuerdo de dos o más empresarios de emprender juntos un negocio, en donde se comparten los costos, gastos, riesgos y eventuales pérdidas o ganancias del proyecto, de tal manera, que se distribuyen entre todas las partes participantes del acuerdo y no constituye una gran carga para sólo uno de los comerciantes.
Desde la óptica jurídica, el Joint Venture, constituye un contrato mercantil moderno o atípico, que no se encuentra regulado expresamente en el Código de Comercio Costarricense, pero que puede ser utilizado válidamente en el país, y les aplican las obligaciones, responsabilidades y derechos que previamente hayan pactado las partes en el contrato.
Asimismo, desde la perspectiva financiero-contable se debe reflejar dentro de los estados financieros de los comerciantes que participan en este tipo de alianza estratégica, y para ello, se debe recurrir a las pautas establecidas en la NIC: 31 Participación en Negocios Conjuntos, que clasifica tres tipos de alianzas y señala las normas de la técnica contable para registrar la información financiera-contable en cada caso.